¡Atención! Veda Electoral 2025: Lo que SÍ y NO podés hacer

¡Atención! Veda Electoral 2025: Lo que SÍ y NO podés hacer

Se acerca la fecha clave: las Elecciones Generales de 2025. Y con ellas, la veda electoral, un período crucial que exige atención y cumplimiento de las normas. ¿Cuándo empieza? ¿Qué está prohibido? Te lo contamos todo.

Veda Electoral: Cuenta Regresiva y Restricciones

La cuenta regresiva ya comenzó. A partir del viernes 24 de octubre a las 8:00 de la mañana, la campaña electoral llega a su fin y entra en vigencia la veda. Este período de reflexión, que se extiende durante las 48 horas previas a la apertura de las urnas, busca garantizar que los votantes puedan tomar una decisión informada y sin presiones.

¿Qué NO podés hacer durante la veda electoral?

La veda electoral implica una serie de prohibiciones que deben ser respetadas por todos:

  • Actos públicos de proselitismo: Olvídate de los mítines, las caravanas y cualquier otro evento que busque promover a un candidato o partido político.
  • Publicación y difusión de encuestas: Durante la veda, está prohibido dar a conocer encuestas o sondeos de opinión relacionados con las elecciones.
  • Venta de bebidas alcohólicas: Esta restricción busca asegurar un ambiente de tranquilidad y orden durante la jornada electoral.

Elecciones 2025: El Cronograma Continúa

Mientras tanto, los candidatos apuran sus últimas apariciones públicas. Se espera que figuras clave realicen actos de cierre de campaña en puntos estratégicos del país, como Córdoba y el AMBA.

Recordá: informarte, reflexionar y votar responsablemente son tus derechos y obligaciones como ciudadano. ¡Preparate para las Elecciones 2025!