Suspenden a La Nueva Seguros: Implicaciones y Deudas Millonarias

Suspenden a La Nueva Seguros: Implicaciones y Deudas Millonarias

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) ha tomado una medida drástica al suspender la operatoria de La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada. Esta decisión, formalizada a través de la Resolución Sintetizada 382/2025, implica la prohibición de celebrar nuevos contratos de seguro, realizar actos de administración sobre sus inmuebles y gestionar acuerdos de reaseguro. La medida se basa en graves irregularidades detectadas tras una serie de inspecciones.

¿Qué llevó a esta suspensión?

El detonante fue la presentación tardía de los estados contables al 31 de marzo de 2025, donde la aseguradora admitía una “situación financiera transitoria” que le impedía administrar los pagos de manera ordenada. Un embargo judicial de más de 300 millones de pesos exacerbó la situación, provocando reclamos similares de otros acreedores y una preocupante caída en la liquidez de la empresa.

La SSN inició una investigación exhaustiva que reveló una alarmante falta de colaboración por parte de La Nueva. La aseguradora no entregó documentación crucial, incluyendo libros contables, balances detallados, listados de juicios, siniestros en trámite y datos sobre reservas técnicas. Además, se detectaron sentencias firmes sin pagar, reservas subestimadas, pasivos judiciales mal informados, deudas fiscales impagas y graves diferencias patrimoniales.

Consecuencias y Próximos Pasos

La suspensión de la operatoria tiene un impacto significativo para los asegurados y la estabilidad del mercado. La SSN ha instruido a la Gerencia de Inspección para relevar el corte de emisión de pólizas y verificar el estado de ocupación de los inmuebles. La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas dispuestas, mientras que la Gerencia de Asuntos Jurídicos se encargará de las presentaciones necesarias para efectivizar las medidas.

  • Prohibición de nuevos contratos de seguro.
  • Restricción sobre la administración de inmuebles.
  • Impedimento de modificar contratos de reaseguro.

La resolución es recurrible en los términos de los artículos 83 y 86 de la Ley Nº 20.091. Será crucial observar cómo evoluciona la situación financiera de La Nueva y las acciones que tome para subsanar las irregularidades detectadas y recuperar la confianza del mercado.